bajar

Carta del comisario Europeo de pesca, Joe Borg, la máxima autoridad en materia de pesca de la Comisión Europea. Bruselas, 30 de abril de 2009.

Mayo 15, 2009 por webmaster

Acabamos de recibir una carta del comisario Europeo de pesca, la máxima autoridad en materia de pesca de la Comisión Europea que da respuesta a nuestras demandas en relación a la pesca recreativa con una toma de posición muy esclarecedora de nuestra situación.

A continuación tenéis la reproducción de la carta que nos llena de razón y reconocimiento.

JOE BORG
MEMBER OF THE EUROPEAN COMMISSION
Bruselas, 30 de abril de 2009

Muy Sres. Nuestros:

Les escribimos sobre un asunto de interés para todas las personas que practican pesca de caña recreativa en Europa.
Como ya saben, la pesca de recreo se aborda en nuestra propuesta sobre el control futuro de las actividades pesqueras en las aguas comunitarias.

Durante los últimos meses he recibido numerosas cartas de ministerios federales y regionales, de diputados del Parlamento Europeo y de Parlamentos nacionales, de asociaciones de pescadores de caña y de los mismos pescadores de caña en las que se hacen preguntas muy concretas sobre la clase de actividades contemplada en el nuevo Reglamento.

Estas preguntas se han planteado a raíz de que los pocos artículos del Reglamento propuesto referidos a la pesca recreativa están redactados de forma general y podrían dar pie a malentendidos e ideas falsas, debido a que, como suele ocurrir con este tipo de propuestas, los detalles y los parámetros exactos se fijan durante las negociaciones en el seno del Consejo de Ministros.

Así pues, deseo aclarar la cuestión y explicar públicamente los hechos una vez más. Nuestra propuesta no persigue someter a cada pescador aficionado a las cuotas o controles de pesca que se aplican a los pescadores profesionales.

Proponemos simplemente introducir algunos requisitos básicos relativos a las autorizaciones y la notificación en relación con la pesca recreativa llevada a cabo en alta mar cuyo objeto es un número muy limitado de poblaciones bien definidas y que se encuentran biológicamente en mal estado, las llamadas poblaciones de recuperación.

Al considerar las repercusiones prácticas de nuestra propuesta, es importante observar que, en la actualidad, solo hay dos especies de peces objeto de la pesca de recreo y sujetas a los planes de recuperación correspondientes, el atún rojo y el bacalao. Por supuesto, en la pesca de recreo también se capturan lubinas, salmones y peces de otras muchas especies, pero ninguna de ellas está sujeta a planes de recuperación y no entran, pues, en el ámbito de aplicación de la propuesta de control. Por lo tanto, la inmensa mayoría de los pescadores no se verá afectada en absoluto por nuestra propuesta.

Me gustaría también señalar que, tras el debate celebrado sobre el tema en el Parlamento Europeo el 21 de Abril y la presentación de determinadas enmiendas, apoyaría
delimitar más las disposiciones proponiendo que el Comité Científico, Técnico y Económica de la Pesca (CCTEP) asesore a los Estados miembros pertinentes y a la Comisión sobre qué tipos de pesca de recreo repercuten de forma importante en las poblaciones de recuperación.

Los Estados miembros decidirán entonces a cuánto equivale una repercusión importante en cada población de peces de recuperación tras recibir ese asesoramiento del CCTEP.

Además, tengo que hacer hincapié en que el pescador de recreo no se verá afectado necesariamente por la propuesta, aun si pesca una de las llamadas poblaciones de recuperación en las que la pesca de recreo tenga una repercusión importante. Si un pescador captura una pequeña cantidad de bacalao, por ejemplo, para su consumo privado, no entrará en el ámbito de aplicación del reglamento de control. Los detalles relativos a lo que constituye la definición de “pequeña cantidad” se establecerán caso por caso, dependiendo de las especies capturas, y estoy dispuesto a proponer su inclusión en el acto de ejecución apropiado.

Evidentemente, la cifra que se fijará no será la misma para el bacalao y para el atún rojo. Como es sabido, existen muchas normas nacionales en vigor sobre la pesca de recreo.

En la mayoría de los Estados miembros se prevén ya las autorizaciones y la notificación de las capturas, aunque las normas difieran según los Estados miembros. La Comisión espera, por lo tanto, que su propuesta contribuya a la amortización de esas normas, haga más coherente su aplicación y se garantice la obtención de datos igualmente exactos sobre este tipo de pesca independientemente de donde se practique. Al hacerlo, perseguimos un buen equilibrio entre la obtención de información sobre el impacto de la pesca recreativa en las poblaciones de recuperación, por una parte, y la garantía de que no se agobia con requisitos burocráticos a los pescadores de caña cuyas capturas no tienen una incidencia importante o que capturan individualmente pequeñas cantidades, por otra parte.

Espero sinceramente haber podido aclarar todos los extremos que por los que se ha recabado mi atención durante los últimos meses en lo que respecta a la pesca de recreo.
Reciban un atento saludo,

JOE BORG
European Comission, B- 1049 BRUSSELS

Comunicado urgente nº XI 12 / 05 / 2009

albacora.org